ADMINISTRADORES DE FINCAS.
Hace años hablando con un abogado experto en Derecho Civil y mercantil sobre el oficio y sobre la vida en general,
este compañero curtido en miles de batallas que asistió a reuniones de todo tipo me confesó que para él las peores con diferencia habían sido y son las reuniones
de las juntas de propietarios o las comúnmente llamadas reuniones de vecinos. Puede ser muy desagradable asistir a ellas y sobre todo ocupar un puesto de responsabilidad en la misma.
Para evitar el mal trago que
supone gestionar el día a día de una comunidad de vecinos sin tener los
conocimientos jurídicos y contables existe la figura del Administrador de
Fincas. Tener un administrador de fincas en una comunidad tiene varias ventajas:
en primer lugar contamos con la asistencia de un profesional con conocimientos
jurídicos y de contabilidad: en segundo lugar tenemos a un profesional
colegiado cuyo labor está asegurado obligatoriamente por un seguro de responsabilidad
civil contra el que podamos pleitear en el caso de mala praxis y que está
fiscalizado por el respectivo colegio de administradores en el ámbito en el que
actué.
Como en todo es preciso conocer
bien lo que contratamos y a quién contratamos. No digo que el precio pueda ser
o no importante a la hora de contratar a un profesional de esta rama pero no
debe ser el factor primordial.
Consejos antes de nombrar a un
administrador de fincas:
1º Asegurarse de que el
administrador este colegiado.
2ºPedir varios
presupuestos en los que se incluyan los *servicios que ofrece el
administrador a la comunidad.
3ºA ser posible buscar
referencias en otras comunidades donde haya trabajado el administrador.
*Servicios obligatorios de todo
administrador de fincas
-Gestión económica y
administrativa.
Incluye la elaboración de los
presupuestos, envío a cada propietario del estado de cuentas de la comunidad
con una periodicidad establecida en el contrato, emisión y cobro de recibos a
los propietarios, custodia de los libros de la Comunidad.
-Comunicación
Ésta ha de ser constante con el
presidente. Con el resto de vecinos tiene el deber de enviar todas las
convocatorias de las Juntas de propietarios. También tiene el deber de
elaboración de actas y circulares.
Otras labores.
-Gestión de las operaciones de
mantenimiento del inmueble.
-Ejecución de los acuerdos
adoptados en la junta de propietarios.
En definitiva lo importante a
la hora de seleccionar un administrador es que éste sea un buen profesional.
Esta elección no es de por vida y por lo tanto no debe asustar la posibilidad
de cambiar de administrador si éste no cumple con las obligaciones pactadas.
Pd: Para más información pueden
consultar la Ley de Propiedad Horizontal (artículos 13 y 20) Ley
propiedad horizontal
Recomiendo la lectura de Los
inquilinos de Moonbloom, una tragicomedia sobre un administrador en Estados
Unidos en la primera mitad del siglo XX. Es uno de mis libros de cabecera.

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