SEGREGACIÓN, DIVISIÓN Y AGRUPACIÓN DE FINCAS.



En Galicia, no hace mucho tiempo, eran comunes y frecuentes los acuerdos sellados con un apretón de manos, sin escritura pública y sin más validez que la  palabra dada. Conozco el caso de una persona cercana que heredó una finca en Galicia pero no puedo localizarla porque su ubicación la conocían varios vecinos de su aldea que ahora están muertos, esa finca quedó olvidada entre metros y metros de maleza.

Por fortuna existe en nuestro Derecho la figura del Registro de la Propiedad en el cual se puede y se debe inscribir todo traspaso de titularidad y cualesquiera modificaciones que se hagan  en el estado de una/s finca/s

¿Qué tipos de modificaciones pueden haber en el estado de una finca? Fundamentalmente hoy hablaremos de tres.

a) La segregación: Consiste en separar de una finca una parte para dotarla de identidad propia.  Supongamos que Pepe de Pura tiene una finca de varias hectáreas y quiere vender un trozo de una dimensión de una hectárea. Para ello tendría que acudir al Registro de la Propiedad con una escritura pública en la que se registre la modificación y solicitar la segregación.

 

b) La división: Consiste en dividir una finca en varias. Volviendo al mismo ejemplo, tenemos a Pepe de Pura que ahora quiere dividir su finca de varias hectáreas en varias fincas autónomas de mil metros cuadrados cada una para venderlas. Entonces deberá acudir de nuevo al Registro de la Propiedad con una escritura pública de división.

c) La agrupación: Consiste en agrupar varias fincas en una sola. Volviendo al supuesto de hecho planteado, supongamos que nuestro Pepe de Pura tiene también otras dos fincas separadas por una pequeña finca de la que es propietario Gervasio Rodríguez. Pepe está muy interesado en la finca de Gervasio y los dos acuerdan la compraventa. Una vez adquirida la finca Pepe puede dejar las tres fincas como están o reunirlas todas en una sola. Esta última opción podrá hacerla como en las otras operaciones si acude a un notario para escriturar esa modificación y luego con la escritura pública acude al Registro de Propiedad de la zona y hace constar la agrupación.

Y estas son las principales variaciones que se pueden hacer en las fincas a través del Registro Mercantil, huelga decir que hoy en día con el certificado digital es posible realizar este tipo de gestiones desde casa sin tener que acudir presencialmente. Dejo al final de este artículo un enlace a la página oficial del Colegio de Registradores de la Propiedad en España para obtener más información.

Buenas tardes y buena suerte.

 



Comentarios

Entradas populares de este blog

RESUMEN DE LA LEY DE DEFENSA DE CONSUMIDORES Y USUARIOS.

REDAL.