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Mostrando entradas de junio, 2021

REVENTA DE ENTRADAS EN ESPECTÁCULOS

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  Hace unos años el Ministerio de Cultura se propuso hacer una modificación legal para regular la reventa de entradas por vía telemática. Hasta hoy no tenemos noticia de que haya cumplido con su promesa.            Ahora mismo la única normativa que existe sobre la reventa de entradas figura en un reglamento de 1982 ¡Ya han pasado años! En concreto hablamos del  Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas en cuyo artículo 67 establece un límite del 25% del total de las entradas a la venta que se puede distribuir  en entidades autorizadas , por otro lado se establece un máximo para el precio de estas entradas que no podrá superar el 20% del valor de las entradas normales. Se prohíbe terminantemente la reventa en la calle, puestos sin habilitación, etc. ¿Y cómo controlamos eso en el vasto y complejo mundo de internet? El legislador, como d...

PENSIÓN DE ALIMENTOS HIJOS MAYORES DE EDAD.

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Dado el amplio número de divorcios en los que hay hijos en común muchas veces se plantea hasta cuándo subsiste la obligación de los padres de pagar los gastos necesarios para la alimentación y la educación de los hijos y cuál es la relevancia de que éstos hayan alcanzado la mayoría de edad.  Vayamos por partes, en primer lugar el artículo 145 del Código Civil, establece que cuando recaiga la obligación de prestar alimentos a dos personas éstas  están obligadas a prestar ayuda de forma proporcional a sus recursos económicos hasta que éste pueda ser capaz de alcanzar la suficiencia económica. Normalmente, en situaciones de divorcio, la pensión de alimentos se concede a los menores de edad hasta que cumplan la mayoría de edad, porque se entiende que a partir de ese momento pueden integrarse en el mercado laboral y generar sus propios ingresos. Pero ¿Qué sucede cuándo el alimentista no encuentra trabajo o la búsqueda de trabajo no es compatible con sus estudios? En ese caso ...

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DURANTE LA PANDEMIA.

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Hace tiempo Hannah Arendt formuló una teoría con la que estoy bastante de acuerdo. Arendt fue al juicio de Adolf Eichman y observó el juicio a uno de los más importantes organizadores de Holocausto y lo que se encontró allí no fue un ser despiadado, psicópata. Hannah Arendt se encontró con un hombre flaco, delgado, con los modales y los hábitos de un funcionario cualquiera. Eichman podía firmar la deportación de miles de judíos en un día creyendo que estaba cumpliendo con la ley sin sentir ningún tipo de vanagloria o placer. Esa es la banalidad del mal. A veces un gesto simple como apretar un botón o utilizar un algoritmo para determinar los minutos que un médico debe dedicar a un paciente puede producir consecuencias nefastas sin que haya una intencionalidad dolosa.  El 23 de marzo de 2021 se dictó una sentencia por parte del TSJM que puede marcar el camino de nueva jurisprudencia sobre lo acaecido durante la pandemia en los servicios sanitarios de España. En esta sentencia es par...