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Mostrando entradas de enero, 2021

TALLERES DE COCHES Y REPARACIONES.

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 ¿Merece la pena reparar mi coche si constantemente está dando problemas? Depende de las circunstancias, especialmente del tiempo que llevemos con el vehículo. Pongamos un ejemplo, supongamos que Avelino Pérez tiene dos coches y los dos en el último año han dado problemas. El primer vehículo tiene una antigüedad de cinco años y el segundo no llega al año, por lo tanto está en período de garantía. En el caso del primer vehículo Avelino, deberá valorar el precio de la reparación y los antecedentes, es decir si sus averías son continuadas o no. En el segundo caso lo más aconsejable es acudir al servicio técnico de la marca(ojo, si Avelino acudiese a un taller ajeno a la marca la garantía se anularía automáticamente) excepto en el supuesto de que no sea la primera avería en el vehículo, en ese caso Avelino deberá tomar una decisión antes de que concluya el periodo de garantía, o bien solicita la reparación gratuita del vehículo en un taller de la marca o bien puede pedir tres cosas: la...

MEDIOS DE RESOLUCIÓN PROBLEMAS DE CONSUMO.

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  Para la resolución de problemas con una entidad con la que tengamos contratado un servicio o hayamos adquirido un bien de consumo, existen varias vías para hacer valer nuestros derechos que en algunos casos no se excluyen entre sí. Es recomendable siempre intentar primero contactar con la empresa a través de su servicio de atención al cliente y si en un tiempo prudencial no contesta o no resuelve el problema deberemos presentar obligatoriamente una hoja de reclamaciones  pues en alguna de estas vías es obligatoria su presentación previa. También es aconsejable guardar toda la documentación que tengamos de la empresa (contrato, comunicaciones por correo electrónico,...) al respecto, nos puede servir como prueba. Estas vías de reclamación son básicamente cuatro. Para las tres primeras la ley aplicable es la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de...

ACCIDENTES DE TRÁFICO

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En muchos accidentes de tráfico, basta el atestado de la policía para atribuir la responsabilidad en un accidente de tráfico. Pero puede ocurrir que las circunstancias no estén claras y las versiones de los conductores de los vehículos sean contradictorias. Pongamos un ejemplo: supongamos que Julián Rubio choca con su coche con Aitor Merino. Supongamos que en el atestado no se identifique claramente al culpable del choque (p.ej las marcas de las ruedas están desdibujadas, no está claro en la vía quién tenía preferencia, etc.) En ese caso el atestado no será suficiente para atribuir la responsabilidad a uno u otro conductor, serán necesarias a mayores otras pruebas (fotografías del lugar del accidente, declaraciones de testigos). ¿Qué sucede si Julián o Aitor no consiguen probar la culpabilidad del otro? En ese caso, cada uno deberá pagar el 50% de sus propios daños (Artículo 1.1 de la  Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor) , a no ser que...