DEFIÉNDASE USTED MISMO.

 


Hace poco en una red social participé en un debate sobre los abusos que se dan contra la abogacía en las salas de juicios. En el mismo debate un hombre sostuvo entre otras cosas que "Para ejercer la abogacía no se requiere ningún talento”;"Por cada 10 abogados, 1 es honesto y el resto no". Todo esto forma parte de un prejuicio muy extendido sobre la abogacía que se ha mantenido a lo largo de los siglos. El Derecho Penal (que es una parte del Derecho) y el papel de los abogados en esta área han generado un desprestigio a lo largo de los siglos. Frente a este prejuicio voy a decir tres cosas.

En primer lugar, es preferible nuestra justicia con abogados y procuradores a la justicia del ojo por ojo, diente por diente del Código de Hammurabi.

En segundo lugar, los abogados no creamos conflictos, los solucionamos. Hay abogados que cometen irregularidades, incluso delitos, es cierto. Pero hay que saber separar el grano de la paja y tener en cuenta que los abogados antes (para ejercer es indispensable aportar un certificado de ausencia de antecedentes penales) y durante nuestro ejercicio estamos sometidos a un triple control (el control de nuestros clientes, el control por parte de nuestro Colegio de Abogados y por parte de la Justicia).

En tercer lugar y ya voy al quid de este artículo si usted no confía en los abogados para la defensa de sus intereses en el ámbito civil, en el ámbito administrativo, en el ámbito penal y en el laboral. Existen en el siguiente enlace modelos normalizados de demandas, denuncias,... modelos normalizados

En el ámbito civil es posible presentar una demanda sin abogado y procurador si la cuantía del pleito no es superior a 2000 euros. Ahí van una serie de consejos si usted decide seguir ese camino.

  1. Escriba siguiendo un orden enumerado de los hechos que considera relevantes además de sus datos personales; los del demandado; firma, fecha y hora de presentación de la demanda que se ha de presentar por triplicado. Hay que tener cuidado en la parte final, el llamado "Suplico". No es lo mismo solicitar una indemnización por daños y perjuicios que solicitar la resolución de un contrato, el suplico debe estar en consonancia con los hechos.
  2. De forma correlativa a los hechos deberán adjuntarse aquella documentación que los demuestre. El documento se puede presentar presencialmente o de forma virtual si disponemos de DNI electrónico o firma digital.
  3. Tenga en cuenta que los plazos se computan desde el día siguiente de la notificación y que se consideran inhábiles los sábados, los domingos, festivos y el mes de agosto.

El objetivo de este blog es, además de darme a conocer como abogado, hacer divulgación jurídica y explicar aquello que resulta inaccesible a las personas sin conocimientos jurídicos. Lo cual es algo que hacemos constantemente los abogados y que es una tarea intelectual para la que es necesario tener habilidad/talento o como queramos llamarle.

 


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