PORTABILIDAD Y PROBLEMAS DERIVADOS.
Es muy probable que con la generalización del uso de teléfonos móviles (según una encuesta publicada en el INE en 2005, existen aproximadamente cuarenta y cuatro millones de teléfonos móviles en España, a día de hoy seguramente la cifra será superior) cualquiera de nosotros tengamos que valorar el cambio de compañía telefónica si nos ofrecen unas condiciones mejores o estamos descontentos con el servicio.
No es ninguna novedad afirmar que un gran porcentaje de las reclamaciones de consumo se hacen por problemas con una operadora telefónica, por ello si usted está pensando en cambiar de compañía debe tener en cuenta varias cosas.
Creo que se entenderá mejor si lo explico a través de ejemplos. Supongamos que Pepe Ribón quiere cambiar de compañía de teléfonos pasar de Sodafone a Moviestrella y solicita la portabilidad. Unos días antes (es una táctica comercial bastante común) Sodafone hace una contraoferta en la que mejora sus servicios y baja el precio. Si Pepe acepta la oferta y se anula la portabilidad Sodafone no puede cobrarle ningún gasto por la portabilidad. Si Pepe no acepta la contraoferta Sodafone no puede cobrarle permanencia si se ha agotado el plazo o si la cláusula no figura en el contrato.
Supongamos que Pepe decide aceptar la contraoferta que incluye el servicio de internet para el hogar. Supongamos que para dar cumplimiento al contrato Sodafone debe hacer una instalación de fibra óptica en la casa de Pepe. Se realiza la instalación y antes de que pasen catorce días, Pepe decide desistir en el contrato. En este caso Pepe podrá desistir sin que se le aplique cargo alguno(ni siquiera por la instalación) ya que entraría dentro del plazo de desistimiento que figura en el artículo 102 de la Ley de Consumidores y usuarios.
Es preciso puntualizar que el desistimiento tanto en este caso como en otro ha de hacerse de forma inequívoca ya sea a través de formulario habilitado al efecto, córreo electrónico,burofax,....

Comentarios
Publicar un comentario